A ti, que conduces: te recordamos las multas que pueden ponerte al volante (aunque te parezca de chiste) para evitarlas y no perder dinero. sin embargo, no te hará gracia recibir la notificación.
Existen infracciones de tráfico conocidas por todos los usuarios de la vía: sabemos que no se puede conducir excediendo los límites de velocidad o hacerlo bajo los efectos de las drogas y el alcohol, al igual que no se permiten adelantamientos por el carril derecho o hacerlo con la ITV caducada.
También somos conocedores de que existen lugares de aparcamiento regulado en los que hay que pagar y si no abonamos el ticket, es posible que nos sancionen con una multa de 100€ o de 50€ si el pago se realiza en periodo voluntario.
Pero ¿Qué ocurre con esas otras sanciones que no quedan del todo claras? ¿Son leyendas urbanas? ¿Es verdad que pueden multarme por beber un botellín de agua mientras voy conduciendo?
Conoce las multas más rocambolescas que pueden ponerte al volante
Pues sí, beber o ir comiendo en el coche puede ser sancionable ya que de algún modo distrae de la ocupación principal de conducir.

Al final siempre tiene que imperar el sentido común y tener en cuenta las condiciones de la vía, no es lo mismo realizar el gesto de comer un bocadillo al volante en una calzada de 3 carriles para el mismo sentido, con buena visibilidad y sin exceso de tráfico que en una carretera nacional con un carril por sentido, curvas y cambios de rasante.
Esto no significa que si vamos por buenas carreteras podamos hacer un picnic en el coche, ya que en último caso, será la percepción del agente la que dictamine si ese gesto pone en riesgo una conducción correcta.
¿Quieres conocer más datos curiosos para evitar sanciones?
- El retrovisor multiusos:
La última que nos recuerdan desde la DGT es la relacionada con llevar el retrovisor interior como un perchero para todo. En este sentido, es posible que se produzca sanción cuando exista una disminución de la visibilidad debida a estos elementos.

De hecho, el artículo 19 del Reglamento General de Circulación especifica que:» llevar objetos colgados del retrovisor que obstaculicen la visibilidad del conductor está prohíbido”.
Sin embargo, no se especifica el tamaño máximo de estos artículos y la posible infracción será susceptible de la interpretación de la autoridad.
- Pisando charcos:
¿Y si llueve? ¿Y si tu calle está llena de charcos?
En ese caso, tendrás que extremar los cuidados e incluso detener el vehículo si existe riesgo de bañar a un peatón, ya que podría ser causa de una multa entre 80 y 100€.
En realidad no se trata de algo concreto, no es una multa por salpicar, sino que se aplica el artículo 2 del Reglamento de Circulación:
«Los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes»

- De picoteo en el coche:
Que levante la mano el que nunca haya comido un tentempié mientras estaba conduciendo.
Quien más quien menos ya sea por prisa o por apetito incontenible, hemos tenido que comer estando al volante.
Pues también es sancionable en tanto provoca una distracción de la carretera al igual que puede ser encender un cigarrillo, morderse las uñas o maquillarse. La multa por comer al volante es de 200€ y además conlleva retirada de 2 puntos.
Y si te preguntas si estando parado en un semáforo se pueden realizar esas actividades, la respuesta es que no, así que mejor no arriesgarse.
Esperamos hayas aprendido de estas recomendaciones, en Aronida Cash nos gusta estar al tanto de los aspectos más interesantes que podamos compartir contigo.
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